Resolución de la Presidencia del Centro para el Desarrollo Tecnológico Industrial (CDTI) - Auditing
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CDTI AUDITING

Resolución de la Presidencia del Centro para el Desarrollo Tecnológico Industrial (CDTI)

Con fecha 28 de junio de 2018 se emitió la Resolución de la Presidencia del Centro para el Desarrollo Tecnológico Industrial (CDTI) por la que se aprueba la convocatoria para el año 2016 del procedimiento de concesión de ayudas destinadas a nuevos proyectos empresariales de empresas innovadoras (Programa NEOTEC) del programa estatal de Liderazgo empresarial en I+D+I en el marco del Plan Estatal de Investigación Científica y Técnica y de Innovación 2013-2016.

Las ayudas de esta convocatoria del Programa NEOTEC de CDTI, tendrán las siguientes características:

• Tendrán la naturaleza de subvenciones.
• Financiarán hasta un 70% del presupuesto de la actuación, con un importe máximo de subvención de 250 mil euros por beneficiario.
• El presupuesto financiable debe ser como mínimo de 175 mil euros.
• Las ayudas podrán ser anuales o plurianuales: en todo caso las actuaciones subvencionables deberán iniciarse a partir de 1 de enero de 2017 y podrán finalizar el 31 de diciembre de 2017 o bien el 31 de diciembre de 2018.

Plazo para la presentación de la documentación justificativa del Programa NEOTEC de CDTI
Tal y como se indica en el apartado 19.1 de la resolución, la justificación se deberá realizar en los tres meses inmediatamente posteriores a la finalización de cada una de las anualidades.
Para aquellos que se les haya autorizado una ampliación del período de ejecución, el período de justificación comenzará a partir de la fecha de finalización de la ampliación del período de ejecución.

Obligación del Informe del Auditor de la documentación justificativa del Programa NEOTEC de CDTI
Todas aquellas sociedades que hayan recibido ayudas que cumplan las características mencionadas en los puntos anteriores, tendrán la obligación de presentar la cuenta justificativa con aportación del informe de auditor según lo previsto en el artículo 74 del reglamento de desarrollo de la Ley 38/2003 de 17 de noviembre General de Subvenciones.

Auditing posee dilatada experiencia en la revisión de cuentas justificativas y en la posterior emisión del informe de auditor, requerido por la normativa aplicable, contando con un equipo de auditores especializados en este tipo de justificaciones.

Si tienes cualquier duda, llámanos y te ayudamos a solucionarlas.
Contacto:
Sandra Solís
Teléfono: 934 153 729