ES UN PLAN DE ACCIÓN, QUE AYUDA A EVITAR O REDUCIR LA POSIBILIDAD DE QUE APAREZCAN SITUACIONES DE RIESGO Y PUEDAN PONER EN PELIGRO A LA EMPRESA Y SOCIOS.
Los Servicios de consultoría en Compliance son:
Consultoría en GRC (Governance, Risk & Compliance)
- Prevención de Riesgos de Corrupción y Soborno en la empresa, dirigidos a la Propiedad, Gerencia, Alta Dirección y mandos intermedios.
- Programas de Prevención de Riesgos Penales (económicos, fiscales, laborales) en la administración de la empresa, dirigidos a la Propiedad, Gerencia, Alta Dirección y mandos intermedios.
- Diseño, implementación y gestión del Canal de Alerta (“Whisteblowing”), que pretende evitar o minimizar los riesgos penales en el seno de la organización.
- Diseño y aplicación de Políticas de Buen Gobierno Corporativo, Gestión de Riesgos Corporativos, Cumplimiento Normativo y Cultura Ética Empresarial.
- Asesoramiento recurrente en las materias antes descritas.
Formación en GRC (Governance, Risk & Compliance)
- Programas formativos para la Propiedad, Gerencia, Alta Dirección y mandos intermedios en:
- Prevención de Riesgos de Corrupción y Soborno en la empresa.
- Prevención de Riesgos Penales (económicos, fiscales, laborales) en la administración de la empresa.
- Gestión del Canal de Alerta (“Whisteblowing”).
- Responsabilidad Social Corporativa y Cultura Ética en los negocios.
- Sesiones formativas (presenciales y/o “online”) para trabajadores, de gamificación, “roll-play” y “team building” a medida en la Prevención de Riesgos Corporativos (económicos, fiscales, laborales) y Cultura Ética Empresarial.
Pre-auditoría y preparación para que las empresas puedan obtener las siguientes certificaciones
- Norma ISO 37001:2016 de Sistemas de Gestión Antisoborno.
- Norma UNE-ISO 19600:2015 de Sistemas de Gestión de Compliance.
- Norma UNE 19601:2017 de Sistemas de Gestión de Compliance Penal.
- Norma UNE 19602:2019 de Sistemas de Gestión de Compliance Tributario.
Las 10 ventajas de Compliance
A partir del día 17 de Diciembre de 2021, que entrará en vigor la Directiva Europea (UE) 1937/2019, todas las empresas del sector privado con 50 trabajadores o más y todas las empresas del sector público estarán obligadas a disponer de un Canal de Denuncia, Ético o de Alerta.
Un Canal de Denuncia es una herramienta interna de la empresa accesible para todos sus trabajadores, pero a la que también debe poder acceder terceros (clientes, proveedores, competencia, o cualquier tercero).
Este Canal permite denunciar o alertar, de forma confidencial y/o anónima, de sospechas que se tengan sobre una conducta (ilegal, irregular o no ética) que pueda poner en situación de riesgo a la empresa, a sus trabajadores o a sus socios.
Disponer de un Canal de Denuncia genera una mayor confianza y transparencia y mejora la reputación entre sus clientes, trabajadores y proveedores
¿Qué es un Programa de Compliance?
Es un Plan de Prevención, compuesto por procedimientos, protocolos y controles, que ayuda a la empresa a detectar, evitar y/o reducir la posibilidad de que aparezcan situaciones de riesgo (penal, económico, medioambiental, reputacional, etc.) que puedan poner en peligro a la empresa y sus socios.
¿Para qué sirve un Programa de Compliance?
El Programa de Compliance ayuda a la empresa a detectar, evitar y/o reducir la aparición de situaciones de riesgo (penal, económico, medioambiental, reputacional, etc.), que pongan en peligro la propia empresa y a sus socios.
Pueden producirse dos casuísticas:
- Que la implantación del Programa Compliance se realice antes de que se produzca una situación de Riesgo, lo que ayudaría a evitar una posible sanción penal (como eximente).
- Y que la implantación del Programa Compliance se realice después de que se produzca la situación de Riesgo, lo que puede ayudar a aminorar la posible sanción penal (como atenuante).
A parte de las ventajas ya comentadas, una correcta implantación de un Programa Compliance también nos aportará, entre otras, las siguientes ventajas y beneficios:
- Incrementa la competitividad, mejorando los procesos.
- Optimiza recursos y reduce costes.
- Asegura la viabilidad de la empresa.
- Acceder a clientes que exigen un Programa Compliance a sus proveedores.
- Abre las puertas a mercados que exigen Políticas y/o Certificaciones de Compliance.
- Mejora la posición de la empresa en concursos públicos.
- Refuerza la confianza de los clientes.
- Aumenta la transparencia de la empresa.
- Proyecta una imagen de empresa socialmente responsable.
- Mejora la reputación en el sector.
¿Es obligatorio disponer de un Programa de Compliance?
No es obligatorio pero es aconsejable, ya que proporciona un signo de distinción frente a la competencia.
En los mercados actuales, donde la elección de un proveedor ya no depende del producto o el servicio que dan, distinguirse con un Programa Compliance puede hacer que un cliente se decante más hacía un proveedor u otro.
Cada vez es más habitual que, por un lado, para ser proveedor de un gran cliente, éste exija a la empresa proveedora que disponga de un Programa de Compliance, y por otro, que para acceder a nuevos mercados, las empresas se ven obligadas a seguir las recomendaciones en materia de Compliance de numerosos organismos europeos e internacionales.
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