Nuevo calendario para el establecimiento de las cuentas anuales
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Nuevo calendario para el establecimiento de los plazos de presentación de las cuentas anuales

Como consecuencia de los recientes acontecimientos provocados por el Covid-19, y la aplicación del estado de alarma en España, se han marcado nuevos plazos de presentación de las cuentas.

  • El establecimiento de los nuevos plazos para las cuentas anuales a partir de la D. Final Octava del Real Decreto-Ley 19/2020, publicado en el BOE de 27 de Mayo, es el que se indica a continuación:
  • El plazo para formulación de las cuentas será hasta el 31 de Agosto de 2020.
  • El plazo de Junta de aprobación de cuentas será hasta el 31 de Octubre de 2020.
  • El plazo para la presentación al Registro será hasta el 30 de noviembre de 2020.
  • En el caso de que la sociedad ya hubiese formulado y aprobado las cuentas durante el estado de alarma, la presentación deberá hacerse antes del 30 de Junio de 2020.
  • En el caso de que la sociedad ya hubiese formulado cuentas, aunque no hubiese celebrado la junta durante el período del estado de alarma, el plazo para su celebración será hasta el 31 de Octubre de 2020.