Consolidar voluntariamente obliga a auditarse - Auditing
Acumulamos más de 25 años de experiencia ofreciendo el servicio de auditoría. Somos expertos en asesoramiento fiscal, mercantil y contable.
15652
post-template-default,single,single-post,postid-15652,single-format-standard,bridge-core-2.1.3,ajax_fade,page_not_loaded,,qode-child-theme-ver-1.0.0,qode-theme-ver-20.0,qode-theme-bridge,disabled_footer_top,wpb-js-composer js-comp-ver-6.1,vc_responsive

Consolidar voluntariamente obliga a auditarse

AUDITORIA AUDITING

Consolidar voluntariamente obliga a auditarse

El 25 de Noviembre de 2015 la Dirección General de los Registros y del Notariado emitió una resolución relativa a si hay que aportar el informe del auditor de cuentas al practicar el depósito de cuentas de una sociedad que presenta cuentas consolidadas voluntariamente, ante el recurso presentado por una sociedad contra la negativa del Registro Mercantil a practicar el depósito de cuentas anuales de dicha sociedad.

La DGRN resolvió desestimar el recurso y confirmar la calificación recurrida, en base a los artículos 42.4 y 42.6 del Código de Comercio.

El artículo 42.4 establece que la sociedad obligada a consolidar deberá designar auditores que habrán de controlar las cuentas anuales consolidadas, y el artículo 42.6 establece que la anterior norma también será de aplicación a los casos en que voluntariamente una sociedad formule y publique cuentas consolidadas. En definitiva, por más que la consolidación contable tenga carácter voluntario, la obligación de auditarse existe.

Joan Palomeras Admetller
Socio
linkedin