16 Abr Cuantía máxima del aplazamiento de deudas tributarias previsto en el RDL 7-2020
Apreciados clientes.
La AEAT acaba de emitir una nota sobre uno de los temas que más debate y dudas ha suscitado de todas las medidas tomadas sobre la situación de emergencia provocada por el Covid-19. Se trata del cálculo de la cuantía máxima del aplazamiento de las deudas tributarias por un importe máximo de 30.000 € y por un plazo de seis meses (sin necesidad de aportar garantías).
La duda consistía en si este importe de 30.000 € era independiente, y por consiguiente acumulable, a otras deudas aplazadas y pendientes de liquidar con anterioridad a la entrada en vigor del estado de alarma o, si por el contrario, existía un único límite de 30.000€ para todas las deudas tributarias.
La interpretación de la AEAT es esta última, es decir, si un contribuyente, tenía aplazadas deudas tributarias y pendientes de pagar por un importe de 14.000€ con anterioridad al estado de alarma, ahora con esta nueva medida puede aplazar 16.000€ más, sin aportar garantías. La única novedad es que se incluyen en este último importe las deudas correspondientes a las retenciones a cuenta del IRPF, inaplazables según el sistema anterior.
Quedamos a su disposición para cualquier aclaración sobre el particular.
Reciban un cordial saludo.
Joan-Anton Abad Ribalta Soci